Insultos racistas

Una familia que disfrutaban de un día de playa es insultada por motivos racistas. 

HECHOS

Julio 2021. Castelldefels. Sr. C estando en la playa con su mujer y su hija, y otra pareja de amigos con su hijo menor, mientras los niños/as jugaban, sin querer lanzan arena al Sr. J que, más tarde, se encara al Sr. C y le dice:

   “¡Eres un negro de mierda y por eso no hablo contigo! ¡eres una mierda! ¡contigo no hablo!”

   “¡vete a tu puto país de mierda! ¡eres una mierda! ¡venís aquí y os pensáis que podéis hacer lo que os da la gana!

   ¡voy a llamar a la policía y vas a salir corriendo!

   ¡este negro de mierda se cree que todo está permitido, que vienen de dónde vienen y se creen que pueden hacer lo que quieran!”

El agresor, también se dirige a otras personas de la playa, algunos de origen latino, que tras ver lo sucedido, recriminan la actitud del agresor:

   “¡Claro que lo defendéis, vosotros también sois gentuza!”. “¡claro vosotros que vais a decir si sois extranjeros como él, vosotros lo defendéis porque sois iguales!”.

Se personan los Mossos d´Escuadra, que escuchan parte de los insultos, y abren acta.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Tras lo ocurrido, el Sr. C presenta denuncia en comisaría. La otra parte también presentó denuncia, pero no contenía hechos delictivos, y solo se abrió procedimiento contra el agresor, el Sr. J.

Febrero 2022. El Juzgado de Instrucción Nº4 de Gavà instruye diligencias por la comisión de un presunto delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas

El Fiscal, por su parte solicita sobreseimiento del procedimiento, y considera que no se trata de un delito penal, sino de una infracción administrativa de las recogidas en la Ley 19/2020 de Igualdad de Trato y no Discriminación de Cataluña. Reproducimos por su interés un extracto de su escrito.

La representación del Sr. C presenta escrito de acusación, contra el agresor, Sr. J. Alega que los hechos son constitutivos de un delito cometido con ocasión del ejercicio de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas previsto en el art. 510.2. a) en concurso de normas con un delito contra la integridad moral del art. 173.1 del CP. Sin embargo, la Fiscalía solicita la libre absolución, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que corresponde conforme a la Ley Catalana 11/2020 de Igualdad de Trato y No discriminación.

En caso de haber vivido un caso similar, ofrecemos plantilla del escrito de acusación por insultos racistas en el link.

Junio 2022, el juez acuerda sobreseimiento y archivo de las actuaciones, considerando que los hechos no tienen carácter penal. La representación del Sr. C presenta un Recurso de Apelación, en el que alega primero la existencia del delito del art. 510.2.a del CP y por otro lado una posible falta de motivación a la hora de acordar el sobreseimiento. El Fiscal se opuso.

Ofrecemos plantilla del recurso de apelación en el link.

RESOLUCIÓN

El tema queda pendiente de ser resuelto por la Audiencia Provincial.

A la vez, se presentó denuncia administrativa ante el Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación para que en caso que se archive el procedimiento penal, se abra procedimiento administrativo sancionador según la Ley 19/2020 de Igualdad de Trato y no Discriminación de Cataluña.